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Sistemas de almacenamiento videovigilancia
6 Sep
El video IP nos ha permitido olvidarnos de las cintas y almacenar en un DVD o un USB una grabación, para poder llevarla con comodidad o copiarla, realmente no es que sea una cualidad exclusiva de las cámaras IP también puede ser que el DVR con entradas analógicas que digitalice el video, generalmente a H.264 ya que es el más pequeño. Pero el tema que me gustaría tratar hoy es las distintas posibilidades de almacenamiento que existen, ya que entornos profesionales no podemos permitirnos perder grabaciones por motivos de seguridad. Necesitamos en estos casos sistemas con alta tolerancia a fallos y redundantes, los más habituales son sistemas RAID o iSCSI:
- RAID: Existen tres modalidades 0,1 y 5 en función de la seguridad que necesitemos, hasta llegar a entornos paranoicos con las más elevadas, la mayoría de las placas bases actuales lo soportan de forma nativa por lo que simplifica su configuración, por lo que es transparente para el sistema operativo, además es la opción más barata.
- iSCSI: permite controlar un cluster de discos duros como una única unidad, necesita controladores específicos para los discos duros pero permite una mayor velocidad de escritura y lectura ya que cada disco trabaja en paralelo, además podemos agregar más discos aumentando así aumentar el tamaño de la unidad virtual, se ha puesto muy de moda en servidores de cloud computing y su mayor handicap es su elevado precio.
Otras opciones a tener en cuenta al elegir un sistema de almacenamiento son la redundancia y el balanceo de carga, la primera nos permite almacenar en dispositivos independientes para evitar perdidas de datos mientras que el balanceo permite que si un grabador “se cae” otro siga grabando en su lugar o se reparta el trabajo entre varios de ellos.
Estas características lógicamente no están disponibles en los DVR de bajo coste pero la gama media/alta de fabricantes ya se ha puesto las pilas en un campo que ha sido muy descuidado casi siempre, por otro lado os recuerdo que la ley de protección de datos permite almacenar grabaciones hasta un máximo de 30 días no lo olvidemos, aunque habla de que estén disponibles durante 3 años el que la redacto pensaba en los folios de las nóminas no en grabar terabites con durante años cámaras a 1080p
Videovigilancia para bebes, cámaras en guarderías
21 Abr
El tema de hoy son los pequeños, estoy seguro de que todos gustaría saber como están las 24h del día y que nunca nos acostumbramos a dejarles en un centro para bebes, guarderías o en nuestra propia casa con profesionales.
Una solución es poder verlos desde el teléfono móvil o la oficina, les ves comer, jugar y sabes como esta. La videovigilancia a prosperado bastante desde los primeros modelos llegando a poder gestionar las cámaras desde el móvil, pero a la hora de escoger un sistema de videovigilancia de entre todos los existentes lo que nos preocupa es cómo se controlará el acceso a las cámaras:
¿Cual es el mejor sistema de videovigilancia para bebés?
Software de videovigilancia para bebés: Este tipo de software es la solución más económica, tan sólo con un par de webcams podrás ver a tus hijos, el problema está por un lado en la calidad de la cámara que suele ser bastante limitada, el acceso a las grabaciones que no está controlado y la seguridad del equipo donde se instale. Su configuración requiere algunos conocimientos técnicos pero para soluciones puntuales funciona. La única inversión sería en un ordenador potente para poder manejar todo el sistema.
Videovigilancia en CCTV para bebés (Circuito cerrado de televisión): Son grabadores analógicos que capturan el video de distintas entradas de cable coaxial (tu cable de la televisión para entendernos). Estos sistemas almacenan las grabaciones, controlan el acceso a las mismas y ofrecen mejor calidad. Su principal problema es la incompatibilidad, te obligan a instalar programas en tu ordenador o navegador, generalmente del tipo ActiveX y no son compatibles con todos los sistemas. Así que si utilizas Windows Vista, Internet Explorer 7 o un Mac puedes tener problemas, además en muchas oficinas la instalación de software está bloqueada por lo que puede que no veas tus cámaras
Videovigilancia web para bebés: Soluciones como Vidium ofrecen un valor añadido en este sentido, al igual que para ver un video en youtube no importa el formato del mismo, en Vidium no nos importa el tipo de cámara o tu ordenador, desde un navegador sin instalar ningún software podrás acceder instantáneamente a sus imágenes. Además Vidium es una empresa española con un servicio técnico de alta calidad, que se encarga de gestionar cualquier incidencia que pudiera surgir sobre el acceso a las cámaras o las grabaciones.
Recuerda además que los menores están especialmente protegidos por la LOPD por lo que te recomendamos no hacer experimentos en este sentido y apostar por soluciones de calidad como ya hacen otros países de la Unión Europea.

Ley Ómnibus y videovigilancia a.k.a la cuadratura del círculo
9 Feb
INTRODUCCIÓN
La Ley Ómnibus es una nueva pieza en el tablero, su nombre real es Ley 25/2009, incluye la modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios el 27 de diciembre de 2009 también conocida como ley Ómnibus. Una de las afectadas es la Ley de seguridad privada para liberalizar la instalación de sistemas de videovigilancia. El texto en concreto de la misma dice: Modificación de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada. La Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, queda modificada en los siguientes términos:
Primero. Se modifica la letra “e” del artículo 5.1, que queda redactada como sigue: “Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional sexta.”
Segundo. Se añade una Disposición adicional sexta, con la siguiente redacción: “Exclusión de las empresas relacionadas con equipos técnicos de seguridad: Los prestadores de servicios o las filiales de las empresas de seguridad privada que vendan, entreguen, instalen o mantengan equipos técnicos de seguridad, siempre que no incluyan la prestación de servicios de conexión con centrales de alarma, quedan excluidos de la legislación de seguridad privada siempre y cuando no se dediquen a ninguno de los otros fines definidos en el artículo 5, sin perjuicio de otras legislaciones específicas que pudieran resultarles de aplicación.”
CONCLUSIONES LEY ÓMNIBUS RESPECTO A VIDEOVIGILANCIA POR LA AGDP
- La Ley permite la instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad, por cualquier prestador de servicios, por lo que se legitima el tratamiento de las imágenes derivados de estos dispositivos, sin necesidad de obtener el consentimiento de los interesados, al amparo del artículo 11.2 a) de la ley Orgánica 15/1999 y el artículo 10.2 a) del Reglamento de desarrollo de la misma.
- Para la instalación y el mantenimiento de los dispositivos de seguridad, no se exige como regla general, el cumplimiento de los requisitos formales, exigidos hasta la entrada en vigor de la Ley 25/2009, sino que podrá instalarlos y mantenerlos cualquier prestador de servicios.
- Resulta necesario seguir cumpliendo con todos los requisitos previstos en la Ley Orgánica 15/1999 y su normativa de desarrollo.
Disclaimer: estas conclusiones están extraidas del Informe 0650/2009 de la Agencia de Protección de Datos, no se trata de opiniones personales. Fuente
Dado que las sanciones recaen tanto en el cliente final como en el instalador, no te compliques con instalaciones ilegales, instala Vidium y tendrás la tranquilidad de cumplir con todos los aspectos de la Ley de protección de datos

La Universidad de Sevilla ha sido sancionada recientemente por vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)
8 Feb
Acabo de encontrar el siguiente artículo en el blog de Alfonso Pozo:
“Se trata del uso de cámaras de videovigilancia para el control del horario laboral de un funcionario. En pocas palabras, que al interesado le abrieron un expediente disciplinario por incumplimiento de su jornada y la Universidad utilizó como prueba la grabación de las cámaras de seguridad del recinto, que gestiona una conocida empresa de seguridad.
El asunto se resuelve en términos de la LOPD como no puede ser de otra manera tratándose de una resolución administrativa emanada de un órgano administrativo como es la Agencia Española de Protección de Datos. Por tanto no entra a discutir si es lícito o no el uso de cámaras de videovigilancia para el control horario, sino si se han cumplido los requisitos legales para la grabación.”
Como ya hemos comentado con anterioridad, es imprescindible informar del uso de las grabaciones así como las zonas con cámaras. Recordemos que el desconocimiento no exime del cumplimiento de la norma.
Charla LOPD en Secartys
4 Feb
Ayer, 3 de febrero participamos en las Jornadas de información sobre la Ley de Protección de Datos y Videovigilancia. Queremos agradecer tanto a Gestimarcas como a Secartys invitarnos como ponentes a sus oficinas de Barcelona, donde durante algo más de 40 minutos intentamos dar una visión más práctica y cercana sobre las implicaciones de un sistema de videovigilancia, tanto a nivel LOPD como Ley de Seguridad Privada y cómo Vidium resulta la mejor solución del mercado.
Os dejamos la presentación utilizada y os invitamos a todos a participar en próximas ediciones: Vidium – Secartys



